Conozca qué establecen la Circular 08 y el Decreto 618 de 2026 sobre austeridad, nuevos contratos estatales y la situación de los contratistas.
Las medidas de austeridad del Gobierno nacional ponen bajo revisión los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión. La decisión genera inquietud entre quienes esperan una oportunidad laboral con el Estado. Esto es lo que establece la normativa, a quiénes puede afectar y qué deben tener en cuenta los contratistas.
¿Qué está pasando con los contratos de prestación de servicios en Colombia?
La contratación estatal vuelve a estar en el centro de la discusión por las medidas destinadas a reducir el gasto público. La Presidencia de la República publicó en su portal normativo la Circular Interna No. 08 de 2026, relacionada con la austeridad, la racionalización de la vinculación de personal de libre nombramiento y remoción y la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
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El asunto es importante para miles de personas que buscan trabajar con entidades públicas o esperan renovar sus contratos. Sin embargo, para entender las consecuencias es necesario distinguir entre las medidas de control y reducción del gasto y una supuesta prohibición total de contratar.
El Decreto 618 del 17 de junio de 2026, que establece el Plan de Austeridad del Gasto para los organismos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, contiene reglas expresas sobre la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
Decreto 618 de 2026
La clave está en que las entidades deben justificar la necesidad de contratar y procurar que los recursos públicos no se destinen a servicios innecesarios o a funciones que ya estén cubiertas mediante contratos vigentes.
¿La orden significa que se acabaron los contratos por prestación de servicios?
No necesariamente. Este es uno de los puntos que más deben tener en cuenta quienes buscan oportunidades en el sector público.
El artículo 3 del Decreto 618 de 2026 establece que las entidades del Presupuesto General de la Nación deben revisar previamente las razones que justifican la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
La norma dispone que estos contratos solo pueden celebrarse cuando sean estrictamente necesarios para cumplir las funciones de la entidad, cuando las actividades no puedan realizarse con personal de planta o cuando se requieran conocimientos especializados.
Decreto 618 de 2026
Además, el decreto establece restricciones para celebrar contratos cuyo objeto sea igual al de otros contratos vigentes, salvo que exista autorización expresa del jefe de la entidad y se sustenten las necesidades técnicas correspondientes.
En otras palabras, las entidades deben justificar las nuevas contrataciones y evitar duplicidades. Esto no equivale a afirmar que todos los contratos estén prohibidos.
¿Qué pasará con las personas que ya tienen contrato con el Estado?
Los contratistas que actualmente prestan sus servicios a entidades públicas no deben asumir que perderán automáticamente su vinculación por la noticia.
El Decreto 618 de 2026 establece medidas de austeridad y reducción del gasto, pero los artículos consultados no ordenan terminar de manera automática todos los contratos vigentes.
Decreto 618 de 2026
Quienes ya están contratados deben revisar:
- La fecha de finalización de su contrato.
- Las obligaciones pactadas y las condiciones de ejecución.
- Las comunicaciones emitidas por la entidad contratante.
- Las decisiones formales que puedan afectar su vinculación.
Si una entidad comunica cambios en un contrato, es importante revisar la justificación y el procedimiento aplicable antes de tomar decisiones.
¿A quiénes afecta la medida?
El Plan de Austeridad del Gasto de 2026 tiene como ámbito de aplicación los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. Por eso, no debe presentarse automáticamente como una prohibición idéntica para todas las entidades públicas del país.
Decreto 618 de 2026
La medida resulta especialmente relevante para los siguientes grupos:
Personas que buscan contratos de prestación de servicios: podrían encontrar procesos de contratación sujetos a una revisión más estricta de su necesidad.
Profesionales y técnicos: las entidades deben justificar la contratación de servicios especializados o de apoyo a la gestión.
Contratistas actuales: deben estar atentos a las instrucciones oficiales de la entidad con la que tienen firmado su contrato.
Personas que aspiran a empleos de carrera administrativa: deben diferenciar estos contratos de los concursos de méritos, que tienen reglas y procedimientos propios.
¿Qué deben hacer quienes buscan trabajo en el sector público?
Aunque las medidas de austeridad pueden influir en las decisiones de contratación, las personas interesadas en conseguir empleo público pueden continuar consultando las oportunidades que se publiquen oficialmente.
Estas son algunas recomendaciones prácticas:
- Consulte las convocatorias oficiales. Revise las oportunidades de empleo y los procesos de selección publicados por las entidades.
- Verifique los requisitos. No todas las vacantes exigen la misma formación académica o experiencia.
- Revise el tipo de vinculación. Un contrato de prestación de servicios no es lo mismo que un empleo de carrera administrativa.
- Confirme las fechas y condiciones. No se base únicamente en publicaciones compartidas en redes sociales.
- Evite intermediarios. Utilice las plataformas oficiales y desconfíe de quienes prometen contratos a cambio de dinero.
Para quienes buscan ingresar a la carrera administrativa, la Comisión Nacional del Servicio Civil ofrece información sobre concursos y vacantes mediante su portal y la plataforma SIMO.
Puede consultar esta guía de Información al Día: ¿Busca empleo en el Estado? Así puede consultar las vacantes de la CNSC e inscribirse a través de SIMO.
También puede revisar información sobre procesos de selección en el artículo CNSC aclara qué pasará con los concursos de méritos tras el Decreto 1384.
¿Por qué el Gobierno busca reducir estos gastos?
La finalidad de las medidas de austeridad es racionalizar el uso de los recursos públicos y evitar gastos que no sean indispensables para el funcionamiento de las entidades.
El artículo 4 del Decreto 618 de 2026 establece un plan de reducción del gasto en contratos de prestación de servicios durante la vigencia fiscal de 2026, en comparación con el gasto de la vigencia anterior. La disposición busca evitar duplicidades y optimizar los recursos públicos.
Decreto 618 de 2026
El reto está en aplicar estos controles sin afectar la prestación de los servicios públicos ni las actividades que necesitan personal especializado.
Por eso, el debate no se limita a cuántos contratos se firman, sino también a cuáles son necesarios, qué funciones cumplen y cómo se utilizan los recursos del Estado.
¿Dónde consultar la Circular 08 de 2026?
La Presidencia de la República tiene disponible su apartado de normativa y circulares, donde aparece la Circular Interna No. 08 de 2026.
- Presidencia de la República: consultar las circulares oficiales.
- Decreto 618 de 2026: consultar el Plan de Austeridad del Gasto.
- CNSC: consultar procesos de selección.
- SIMO: consultar empleos de carrera administrativa.
La circular y el decreto deben leerse de manera diferenciada: el primero contiene lineamientos específicos de austeridad y racionalización de la vinculación de personal; el segundo establece el marco general del Plan de Austeridad del Gasto para 2026.
Preguntas frecuentes
¿El Gobierno prohibió todos los contratos por prestación de servicios?
No es correcto afirmarlo de manera general. El Decreto 618 establece condiciones de necesidad, justificación y reducción del gasto para los organismos incluidos en su ámbito de aplicación. El alcance concreto de la Circular 08 debe verificarse en su texto íntegro.
¿Se terminarán los contratos que están vigentes?
No existe fundamento en los artículos citados para afirmar que todos los contratos vigentes deban terminar automáticamente. Cada caso debe revisarse según el contrato, las normas aplicables y las decisiones formales de la entidad.
¿La medida afecta a las alcaldías y gobernaciones?
No debe darse por hecho que la circular se aplica de manera idéntica a todas las entidades territoriales. El Decreto 618 se refiere a los organismos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. El alcance de otras disposiciones debe examinarse según la entidad y el marco jurídico correspondiente.
¿Todavía se puede buscar empleo público?
Sí. Las personas pueden continuar consultando las convocatorias y oportunidades publicadas por los canales oficiales. Deben verificar si se trata de un concurso de méritos, un empleo público o un contrato de prestación de servicios.
Un tema que abre el debate sobre el empleo público
Las medidas de austeridad ponen sobre la mesa una pregunta importante: ¿cómo puede el Estado reducir sus gastos sin afectar la calidad y continuidad de los servicios que presta a los ciudadanos?
Para quienes dependen de un contrato estatal, la preocupación está en conocer si habrá nuevas oportunidades, qué condiciones deberán cumplir las entidades para contratar y cómo se manejarán las vinculaciones actuales.
Por ahora, lo fundamental es distinguir entre la reducción del gasto, los controles a las nuevas contrataciones y una prohibición absoluta que no debe darse por confirmada sin respaldo normativo.
Enlaces recomendados:
- Cómo consultar vacantes de la CNSC y SIMO.
- Qué pasará con los concursos de méritos tras el Decreto 1384.
- Concurso docente 2026: cambios en las fechas y pruebas
Fuentes de verificación: Presidencia de la República y Decreto 618 de 2026, consultado en la compilación jurídica de la Cancillería. La existencia de la Circular Interna No. 08 está confirmada en el portal de Presidencia;

