El Gobierno anunció un aplazamiento de un mes en la declaración de renta para personas naturales afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026.
Aplazamiento de la declaración de renta para afectados por el terremoto
El Gobierno Nacional anunció un aplazamiento de un mes en los plazos para presentar y pagar la declaración de renta de personas naturales que tengan su domicilio fiscal en territorios afectados por el terremoto registrado el 10 de agosto de 2026.
La medida fue anunciada por el ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez, durante su intervención ante las comisiones económicas conjuntas del Senado y la Cámara de Representantes.
De acuerdo con el funcionario, el objetivo es brindar un alivio temporal a los contribuyentes que actualmente están concentrados en atender las consecuencias de la emergencia.
“Personas que están atendiendo el desastre no tienen cabeza para pagar impuestos”, señaló el ministro durante su intervención.
¿Quiénes podrán beneficiarse del aplazamiento de la declaración de renta?
El aplazamiento de la declaración de renta 2026 no aplicará para todos los contribuyentes del país. La medida está dirigida principalmente a personas naturales y sucesiones ilíquidas con domicilio fiscal en los territorios afectados por la emergencia.
El beneficio corresponde a las obligaciones relacionadas con el impuesto sobre la renta del año gravable 2025.
Departamentos y ciudades contemplados
Entre los territorios mencionados dentro de los criterios anunciados se encuentran zonas de los departamentos de:
- Valle del Cauca
- Risaralda
- Quindío
- Caldas
- Chocó
- Cauca
Asimismo, se han mencionado ciudades como Cali, Palmira, Tuluá, Buenaventura, Pereira, Armenia, Manizales, Quibdó y Popayán.
La cobertura definitiva dependerá de las disposiciones que establezca el Gobierno mediante el correspondiente acto normativo.
Podrían incluirse otros municipios afectados
La medida también contempla la posibilidad de incorporar otros municipios que sean identificados oficialmente como gravemente afectados por la emergencia.
Para ello, se tendrán en cuenta las certificaciones o reportes de las autoridades competentes, incluida la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD).
¿Cuándo se podrá presentar la declaración de renta?
Los vencimientos que inicialmente comenzaban el 12 de agosto de 2026 tendrán una modificación para los contribuyentes que cumplan las condiciones establecidas.
Los nuevos plazos serán trasladados hacia los meses de septiembre, octubre y noviembre de 2026, de acuerdo con el último número del NIT registrado en el RUT.
El NIT determinará la nueva fecha
El calendario especial tendrá en cuenta los dos últimos dígitos del NIT, sin incluir el dígito de verificación.
Esto significa que cada contribuyente cobijado por la medida tendrá una fecha específica para presentar su declaración y cumplir con el pago correspondiente.
Por esta razón, es importante que las personas beneficiarias revisen el calendario tributario que publique oficialmente la DIAN, una vez se establezcan los nuevos vencimientos.
Gobierno dice que no contempla aumentar impuestos
Durante su intervención ante las comisiones económicas, el ministro de Hacienda también aseguró que el Gobierno Nacional no contempla aumentar los impuestos para atender las necesidades derivadas de la emergencia.
Según explicó Gómez Martínez, la administración buscará recursos mediante una revisión del Presupuesto General de la Nación, con el propósito de identificar posibles ahorros y recortes.
“No vamos a subir impuestos”, manifestó el ministro al explicar la estrategia del Gobierno frente a la emergencia.
El propósito, según lo anunciado, es priorizar los recursos disponibles para atender a las comunidades afectadas y financiar las acciones necesarias durante el proceso de recuperación.
¿Qué deben hacer los contribuyentes afectados?
Las personas que consideren que pueden beneficiarse del aplazamiento de la declaración de renta deberán estar atentas a las comunicaciones oficiales del Gobierno y de la DIAN.
Se recomienda:
- Verificar si el domicilio fiscal se encuentra dentro de los territorios cobijados.
- Revisar las nuevas fechas asignadas según los dos últimos dígitos del NIT.
- Consultar las disposiciones oficiales de la DIAN antes de presentar la declaración.
- Mantener actualizada la información registrada en el RUT.
- Evitar realizar el trámite con base únicamente en información publicada en redes sociales o fuentes no oficiales.
Una medida temporal frente a la emergencia
El aplazamiento representa una modificación temporal del calendario tributario para los contribuyentes que cumplan las condiciones establecidas por el Gobierno.
La decisión busca reducir la presión económica sobre las familias y personas que enfrentan pérdidas materiales, afectaciones en sus hogares o que se encuentran participando en labores de atención y recuperación después del terremoto.
Los detalles definitivos sobre municipios incluidos, fechas exactas y condiciones operativas deberán ser confirmados mediante las disposiciones oficiales correspondientes.
Conclusión
El Gobierno Nacional anunció un aplazamiento de un mes para la declaración de renta de personas naturales afectadas por el terremoto del 10 de agosto de 2026. La medida no será general para todos los contribuyentes, sino que estará dirigida a quienes tengan domicilio fiscal en las zonas que sean oficialmente cobijadas por la emergencia.
Los nuevos vencimientos se distribuirían entre septiembre, octubre y noviembre de 2026, según los dos últimos dígitos del NIT. Por ello, los contribuyentes deberán esperar y consultar el calendario oficial de la DIAN para conocer su nueva fecha de cumplimiento.
Fuente: declaraciones del ministro de Hacienda, Miguel Gómez Martínez, durante las comisiones económicas conjuntas del Senado y la Cámara de Representantes.
