Si considera que su clasificación en el RUI no corresponde con su situación económica, conozca cómo presentar una inconformidad y los plazos oficiales de transición establecidos para 2026.
¿Qué hacer si la clasificación del RUI no refleja la realidad de su hogar?
Con la entrada en operación del Registro Universal de Ingresos (RUI) como instrumento de focalización de la oferta social, algunos hogares pueden encontrar una clasificación que consideran que no corresponde con su situación económica.
En estos casos, los ciudadanos pueden utilizar los mecanismos habilitados para solicitar la revisión de la información y presentar una inconformidad cuando consideren que existen inconsistencias.
¿Cuánto tiempo hay para presentar una inconformidad en el RUI?
Es importante hacer una aclaración: la normativa nacional que regula la transición al RUI no establece un plazo general expresado en días para que todos los ciudadanos presenten una inconformidad sobre su clasificación.
Por esta razón, no se debe confundir el plazo para presentar una inconformidad con los plazos establecidos para la transición del Sisbén al RUI.
Lo que sí está definido oficialmente es que las personas que al 31 de julio de 2026 ya habían sido identificadas o focalizadas mediante el Sisbén tendrán un periodo de transición que se extiende hasta el 31 de octubre de 2026.
Durante este periodo, las entidades responsables deben informar las condiciones, etapas, cronogramas y mecanismos de atención relacionados con la transición hacia el RUI.
¿Esto significa que la inconformidad vence el 31 de octubre?
No necesariamente.
El 31 de octubre de 2026 corresponde al plazo establecido para finalizar el proceso de transición de las personas que ya estaban identificadas o focalizadas mediante el Sisbén al 31 de julio.
No debe presentarse esta fecha como un plazo general para todas las inconformidades relacionadas con el RUI, porque el Decreto 662 de 2026 no establece que todas las solicitudes de inconformidad deban presentarse antes de esa fecha.
¿Cómo presentar una inconformidad sobre la información del RUI?
Si al consultar la información de su hogar considera que existen datos que no corresponden con su realidad económica, puede utilizar los mecanismos de atención habilitados para solicitar la revisión.
La Ventanilla Social constituye uno de los canales dispuestos para la interacción de los ciudadanos con la información relacionada con la oferta social.
Antes de realizar una solicitud, es recomendable revisar cuidadosamente los datos que aparecen registrados y verificar qué información considera incorrecta o desactualizada.
Presentar una inconformidad no garantiza un cambio
Un punto fundamental para los hogares es que presentar una inconformidad no significa que la clasificación vaya a cambiar automáticamente.
La solicitud permite pedir una revisión, pero el resultado dependerá del análisis de la información y de las fuentes oficiales utilizadas para construir el registro.
Por ello, los ciudadanos deben conservar la constancia o información relacionada con la solicitud y consultar posteriormente el resultado por los canales oficiales.
RUI y subsidios: una clasificación no significa recibir automáticamente una ayuda
El RUI tiene como finalidad contribuir a la focalización de los subsidios, programas, políticas, planes, proyectos y servicios de la oferta social.
Sin embargo, aparecer en determinada clasificación del RUI no significa automáticamente que una persona tenga aprobado un subsidio.
Cada programa puede establecer sus propios criterios de ingreso, permanencia y salida, así como sus puntos de corte y demás requisitos.
Plazo de transición del RUI en 2026
El Decreto 662 de 2026 establece que el RUI comenzó su transición como instrumento de focalización a partir del 1 de agosto de 2026.
Además, las personas que al 31 de julio ya estaban identificadas o focalizadas mediante el Sisbén cuentan con un proceso de transición que podrá extenderse hasta el 31 de octubre de 2026.
Esto significa que los hogares deben prestar atención a las comunicaciones de las entidades responsables de los programas sociales y a los mecanismos de atención que sean publicados durante este periodo.
¿Qué debe hacer si considera que hay un error?
Si considera que la información utilizada para determinar la situación de su hogar no corresponde con la realidad, lo recomendable es:
- Consultar la información disponible sobre su hogar.
- Identificar los datos que considera incorrectos.
- Utilizar el mecanismo oficial habilitado para presentar la inconformidad.
- Conservar la constancia de la solicitud.
- Hacer seguimiento a la respuesta de la entidad competente.
Una fecha clave: 31 de octubre de 2026
Para los hogares que estaban identificados o focalizados mediante el Sisbén al 31 de julio de 2026, el 31 de octubre de 2026 es una fecha relevante dentro del proceso de transición hacia el RUI.
No obstante, esta fecha no debe confundirse con un supuesto plazo general de días para presentar inconformidades, ya que el Decreto 662 no establece ese término general.

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