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Nuevas reglas para los vehículos con cámaras de tránsito: así funcionarán los llamados “carros cazafotomultas”

Nuevas reglas para los vehículos con cámaras de tránsito así funcionarán los llamados “carros cazafotomultas”
Nuevas reglas para los vehículos con cámaras de tránsito así funcionarán los llamados “carros cazafotomultas”

El Ministerio de Transporte estableció nuevas reglas para los vehículos con cámaras usados en el control de tránsito y los llamados carros cazafotomultas.

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El Ministerio de Transporte estableció nuevas condiciones para el uso de vehículos equipados con cámaras y dispositivos electrónicos en las vías del país. Cuando estos equipos sean utilizados como apoyo al control de tránsito, deberán contar con la presencia de un agente visible e identificado.

El Ministerio de Transporte anunció nuevas reglas para el uso de vehículos equipados con cámaras y dispositivos tecnológicos destinados al control en las carreteras de Colombia.

La medida está contenida en la Resolución 20263040036655, mediante la cual se deroga la Circular 867 de 2025 y se precisan las condiciones que deben cumplir estos vehículos cuando son utilizados como apoyo a las autoridades de tránsito.

Uno de los principales puntos es que los llamados “carros cazafotomultas” no podrán utilizarse para imponer comparendos como sistemas automáticos cuando no se cumplan las condiciones exigidas para este tipo de mecanismos.

¿Qué cambia con los vehículos que utilizan cámaras?

De acuerdo con la información entregada por el Ministerio de Transporte, cuando un vehículo equipado con cámaras sea utilizado como apoyo al control de tránsito, deberá contar con un agente de tránsito presente en el lugar.

El funcionario deberá estar debidamente identificado, operar directamente el dispositivo y realizar el procedimiento correspondiente para la imposición del comparendo.

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De esta manera, la tecnología puede utilizarse como una herramienta de apoyo a la labor de los agentes, pero no puede confundirse con un sistema automático de fotodetección.

¿Qué pasa si se trata de una cámara de fotodetección automática?

La situación es diferente cuando el dispositivo funciona como un sistema automático de fotodetección, es decir, cuando opera sin la presencia del agente en la vía.

En ese caso, deberá cumplir los requisitos establecidos para este tipo de sistemas, entre ellos:

  • Contar con autorización previa de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
  • Tener la respectiva justificación técnica.
  • Operar en puntos autorizados.
  • Contar con la señalización correspondiente.
  • Cumplir las demás disposiciones de la normativa vigente.

Por lo tanto, la nueva regulación no significa que todas las cámaras utilizadas para detectar infracciones queden prohibidas.

¿Qué ocurrirá con los comparendos registrados en el SIMIT?

El Ministerio de Transporte informó que el SIMIT no deberá registrar órdenes de comparendo que hayan sido generadas mediante estos vehículos cuando no cumplan las condiciones establecidas en la nueva regulación.

La medida busca establecer reglas más claras para diferenciar entre los vehículos que utilizan tecnología como apoyo a los agentes y los sistemas automáticos de fotodetección que cuentan con autorización.

Además, la Superintendencia de Transporte realizará labores de vigilancia sobre el cumplimiento de la medida e investigará posibles usos irregulares de estos sistemas.

La medida no elimina las fotomultas autorizadas

Un punto importante para evitar confusiones es que la decisión no afecta las cámaras de fotodetección que funcionan legalmente y cumplen con los requisitos correspondientes.

El Ministerio busca diferenciar estos sistemas autorizados de los vehículos equipados con cámaras que son utilizados como apoyo al control vial y que requieren la participación directa de un agente de tránsito cuando se pretende realizar el procedimiento de imposición del comparendo.

Según la entidad, el objetivo es que la tecnología sea utilizada como una herramienta para fortalecer el control y contribuir a la seguridad vial y la prevención de accidentes.

¿Qué deben tener en cuenta los conductores?

Los conductores deben diferenciar entre una cámara que hace parte de un sistema automático de fotodetección autorizado y un vehículo que utiliza dispositivos tecnológicos como apoyo a un agente de tránsito.

La nueva regulación establece condiciones específicas para cada modalidad. Por ello, la existencia de una cámara o de un vehículo equipado con dispositivos electrónicos no significa por sí sola que todas las infracciones detectadas mediante estos mecanismos tengan el mismo procedimiento.

La medida anunciada por el Ministerio de Transporte busca precisamente precisar cómo debe utilizarse esta tecnología y evitar que los sistemas de apoyo sean empleados como si fueran mecanismos automáticos de fotodetección sin cumplir las condiciones exigidas.

Fuentes:

  • Ministerio de Transporte de Colombia, Resolución No. 20263040036655.
  • Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV).
  • Superintendencia de Transporte.
  • SIMIT.

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